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Gastos e impuestos al vender una propiedad en CABA: la cuenta completa

Del precio de venta a lo que realmente te queda en el bolsillo hay varios descuentos. Cuáles paga el vendedor en CABA y cuánto suman en 2026.

3 min de lectura

Cuando pensás cuánto vas a recibir por tu propiedad, el número que tenés en la cabeza es el precio de venta. Pero entre ese número y lo que efectivamente te queda en el bolsillo hay una serie de descuentos que conviene tener claros antes de fijar precio, no después de cerrar. En CABA, sumados, pueden representar entre un 4% y un 6% del valor de la operación para el vendedor —más el eventual impuesto a la ganancia—, así que no es un detalle menor a la hora de hacer tus cuentas.

Acá va la cuenta completa, concepto por concepto, con los valores vigentes en 2026.

La comisión inmobiliaria

En CABA, la comisión habitual al vendedor es del 3% + IVA, lo que da un 3,63% sobre el precio de venta. Es el ítem más grande de la lista, y también el que más valor te devuelve si está bien invertido: una estrategia de precio basada en datos de cierre, una buena presentación y seguimiento comercial real suelen recuperar con creces ese porcentaje, tanto en el precio final como en el tiempo que tu propiedad pasa publicada.

El impuesto de sellos

El impuesto de sellos en CABA es del 3,6% total sobre el valor de la operación, y por costumbre se reparte en partes iguales: 1,8% lo paga el vendedor y 1,8% el comprador. Hay una exención importante que conviene chequear: la Ley Tarifaria 2026 exime del impuesto de sellos a la vivienda única hasta $226.100.000. Si tu propiedad entra en ese tope y es tu única vivienda, este ítem puede desaparecer de tu cuenta.

El impuesto por la ganancia: ITI o cedular

Acá la respuesta depende de un dato puntual: cuándo adquiriste la propiedad.

  • Si la compraste antes del 1 de enero de 2018, pagás el ITI (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles): 1,5% sobre el precio de venta. Solo aplica a personas físicas que no se dedican habitualmente a comprar y vender inmuebles.
  • Si la adquiriste desde 2018 en adelante, en lugar del ITI corresponde el impuesto cedular: 15% sobre la ganancia, entendida como la diferencia entre el precio de venta y el costo de compra actualizado por inflación (IPC).

Y una exención clave: la venta de tu casa-habitación —la vivienda única y de residencia permanente— está exenta de este impuesto. Es decir, si estás vendiendo la casa donde vivís, en la mayoría de los casos este ítem no te aplica. Distinto es si vendés una segunda propiedad o una inversión.

Los gastos de acreditación

El vendedor no paga los honorarios del escribano —el escribano lo elige y lo abona el comprador—, pero sí corre con los gastos de demostrar que la propiedad se puede transferir sin problemas:

  • Certificado de dominio e inhibiciones.
  • Libres de deuda de ABL, AySA y expensas.
  • Estudio de títulos y diligenciamientos asociados.

No son montos grandes en proporción al valor de la propiedad, pero son necesarios para llegar a la escritura sin sobresaltos — y conviene empezar a gestionarlos con tiempo, porque algunos certificados tardan.

Por qué esto importa antes de fijar precio, no después

La razón de fondo para tener esta cuenta clara desde el arranque es simple: el precio de publicación no es lo que vas a recibir. Si fijás un precio pensando en un objetivo neto sin descontar estos conceptos, el número que te queda al final te va a sorprender —para mal— justo en el momento menos oportuno, cuando ya estás negociando.

Tener la cuenta completa desde el día uno te permite dos cosas: fijar un precio que contemple tu objetivo real, y negociar sabiendo exactamente cuál es tu piso. Un vendedor que conoce sus números negocia con más tranquilidad y toma mejores decisiones que uno que hace la cuenta sobre la marcha.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de comisión el vendedor en CABA?

La comisión habitual al vendedor en CABA es del 3% + IVA, es decir 3,63% sobre el precio de venta.

¿El vendedor paga impuesto de sellos en CABA?

Sí, el 1,8% (la mitad del 3,6% total, que se reparte entre comprador y vendedor). La Ley Tarifaria 2026 exime del impuesto de sellos a la vivienda única hasta $226.100.000.

¿Qué impuesto se paga por la ganancia al vender?

Depende de cuándo compraste: si la propiedad se adquirió antes del 1/1/2018 se paga ITI (1,5% sobre el precio); si se adquirió desde 2018, impuesto cedular del 15% sobre la ganancia. La venta de la vivienda única y permanente (casa-habitación) está exenta.

¿El vendedor paga los honorarios del escribano?

No. El escribano lo elige y lo paga el comprador. El vendedor sí paga los gastos de acreditar que la propiedad se puede transferir (certificados de libre deuda, dominio e inhibiciones).

FUENTES

¿Querés saber cuánto vale realmente tu propiedad hoy?

En FLIPCO tasamos con datos reales de cierre de tu zona — no con el valor de lista de los vecinos.

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